I. Elaborar el Programa Operativo Anual de actividades de la Dirección de Operación de Programas Sociales y someterlo a la aprobación del Director General;
II. Promover, operar y ejecutar programas sociales, de combate a la pobreza para atender familias y comunidades de mayor dispersión y desventaja social;
III. Promover y gestionar la participación de los sectores público, privado y social en los programas sociales de la SEDESORE, que contribuyan a generar condiciones de vida digna para las familias en situación de pobreza extrema;
IV. Concertar con los ayuntamientos la inversión de recursos en los programas sociales de la SEDESORE, cuya aplicación vaya dirigida a las localidades marginadas de los municipios;
V. Identificar y acordar con el Director General de Desarrollo Humano y Participación Social, los programas sociales de la SEDESORE, que deberán instrumentarse para mejorar actividades económicas y de infraestructura social y productiva;
VI. Acordar con la Dirección General de Desarrollo Humano y Participación Social, la atención de la demanda social que sea viable responder a través de los recursos de los Programas Sociales de la SEDESORE;
VII. Acordar con la Dirección General de Desarrollo Humano y Participación Social el seguimiento y evaluación de los impactos generados con los programas sociales de la SEDESORE, y
VIII. Los demás que le señalen las leyes, decretos, acuerdos, reglamentos y manuales vigentes en la SEDESORE, así como los que expresamente le sean conferidos por el Titular de la SEDESORE y el Director General de Desarrollo Humano y Participación Social